Rosa Martínez, socia del bufete Montero Aramburu en Canarias, recuerda que la legislación canaria recoge desde 2013, con la Ley de Renovación Turística, la incompatibilidad de los usos turístico y residencial de las unidades alojativas. También impone un mandato al planificador urbanístico, la especialización entre usos turísticos, residenciales y mixtos; pero bajo el principio, insiste, de que en una misma parcela no pueden compatibilizarse ambos usos.
Adjuntamos vídeo.https://www.youtube.com/watch?v=LekFR8XbSNs