La Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas (FEHT), quiere hacer pública la petición a la Federación Canaria de Municipios (FECAM) y a la Asociación de Municipios Turísticos de Canarias (AMTC), de hacer un gesto de sensibilidad con el sector turístico, en estos difíciles momentos, a causa de la crisis sanitaria producida por la pandemia de coronavirus, que motivó el haber decretado el Estado de Alarma el 14 de marzo, por el Gobierno del Estado y el cierre generalizado de las empresas del sector, el día 19 de ese mismo mes. En un escenario de clara incertidumbre en cuanto a su posible finalización, sí podemos augurar que las empresas del sector difícilmente abrirán sus puertas este año, habida cuenta que la conclusión de esta crisis está supeditada a la recuperación de los sistemas sanitarios de nuestros mercados europeos.
En tal sentido, la FEHT insta a la FECAM y a la AMTC que lideren un proceso, por el que los Ayuntamientos que la conforman, lleven a cabo, de forma unánime, una verdadera reducción de la presión fiscal, ajena a los procesos que en estos momentos están llevando algunas Corporaciones Locales, de meros aplazamientos tributarios, que a la postre no contribuirán sino a agravar la situación de las empresas.
La FEHT considera vital una reducción generalizada de los tipos de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, ya que los Ayuntamientos tienen esa posibilidad, en virtud de la vigente legislación. En tal sentido la actual Ley de Haciendas Locales ofrece un margen a los Ayuntamientos para fijar el porcentaje a aplicar sobre el valor catastral de las propiedades, para determinar la cuota a pagar (entre el 0,4 y el 1,10). La petición se concreta a que apliquen el mínimo porcentaje posible. Esta reducción debe ser efectiva a partir del 14 de marzo, fecha en que se declaró formalmente el “Estado de Alarma”.
Esta posibilidad beneficiaría, a las empresas del sector (Hoteles, Establecimientos Extrahoteleros, Restaurantes, Bares y Discotecas), cerradas por imperativo legal en estos momentos, sin posibilidad de generar ningún tipo de ingreso.
Tener presente que la mayor parte de las Corporaciones tienen actualizados los valores catastrales, lo cual sin haber modificado la tarifa les supuso un importante incremento de la recaudación; cuando no, llevaron a cabo un incremento de tipos, en algunos casos con la promesa de volver a reducirlos.
Asimismo, resulta obligada la suspensión del pago de las Tasas municipales, como las de basura, vados y terrazas, etc., por los motivos referidos anteriormente de cierre generalizado de las empresas del sector, y con idénticos efectos desde el 14 de marzo de 2020.
En la actual coyuntura que nos afecta, la reflexión de si se puede obligar al pago de tributos a quienes no generan ingresos es obligada; pero fuera de esa posibilidad, consideramos más que sensata y justificada la petición de reducir la presión fiscal sobre quienes en estos momentos está recayendo todo el peso de la crisis sanitaria.
El Boletín Oficial de Canarias, de 31 de diciembre de 2019, publica la Ley 19/2019, de 30 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La Disposición Final sexta de la referida Ley, modifica el artículo 51.1 de la Ley 4/2012, de 25 de junio, en virtud de la cual, y con efectos de 1 de enero de 2020, el tipo general del IGIC pasa del 6,5 al 7 por 100.
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