Mogán, 13 de julio de 2026
La Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas (FEHT) ha expresado su conformidad con la sentencia que declara la nulidad de pleno Derecho del impuesto turístico a la pernoctación aprobado por el Ayuntamiento de Mogán, una resolución que viene a respaldar el planteamiento jurídico y de fondo sostenido por la patronal desde el inicio del procedimiento. Esta decisión judicial, además, es una buena noticia para el sector y para la población canaria en general, que también se veía perjudicada por el encarecimiento derivado de dicho impuesto a la hora de disfrutar de los establecimientos hoteleros y extrahoteleros del Archipiélago.
La FEHT subraya que su recurso nunca respondió a una confrontación institucional, sino a la necesidad de defender la seguridad jurídica y la equidad en la carga tributaria que soporta el sector. La Federación entendió desde el primer momento que la figura creada por el consistorio no podía considerarse como una tasa en sentido jurídico, sino que actuaba materialmente como un impuesto, al gravar la mera pernoctación en establecimientos turísticos sin que existiera una
prestación concreta de un servicio público que justificara ese cobro. Pero la creación de nuevos impuestos corresponde al legislador (estatal o autonómico) y no puede ser asumida por las administraciones locales.
La FEHT recuerda igualmente que el sector turístico ya constituye el principal contribuyente al sostenimiento de los servicios públicos de las Islas. A través de la actividad económica que genera y, de manera muy especial, mediante la recaudación del IGIC, el turismo aporta cada año una parte muy significativa (en torno al 40%) de los ingresos públicos que posteriormente financian a la Comunidad Autónoma, los cabildos y los ayuntamientos. En particular, el alojamiento en establecimientos turísticos ya está gravado con un 7% de IGIC, un impuesto que pagan los turistas que visitan las Islas y también los propios residentes canarios.
Por ello, la Federación mantiene que resulta improcedente establecer mecanismos que supongan una doble imposición sobre una actividad económica que ya soporta una carga tributaria y que, además, genera decenas de miles de empleos directos e indirectos y constituye el principal sostén de la economía canaria. El impuesto específico a la pernoctación suponía un claro ejemplo de carga fiscal doble por el mismo concepto, en perjuicio de la competitividad del sector y también de los propios ciudadanos canarios que quieren alojarse en los establecimientos de las Islas, en la medida que también han tenido que pagar el impuesto ahora anulado por el Tribunal Superior de Justicia.
La patronal turística reitera su plena disposición a colaborar con todas las administraciones públicas para seguir mejorando la calidad de los destinos turísticos, reforzar su sostenibilidad y garantizar unos servicios públicos acordes con la importancia del turismo para Canarias. Por ejemplo, la FEHT ya se ha expresado a favor de la implantación de tasas por la visita a los espacios naturales de las Islas, una medida que se justifica por la prestación de servicios específicos en dichas visitas y con el objetivo de recaudar los recursos necesarios para su adecuada conservación y gestión. Para los empresarios del turismo, los objetivos
compartidos deben alcanzarse desde el respeto al marco legal vigente y un diálogo permanente entre las instituciones y el sector empresarial.